Esta Asociación,
fue creada con motivo del ERE 246 (Expediente de Regulación de Empleo 246) de
1996-1998 realizado en SIEMENS Cornellá.
Este grupo se tuvo que ir para que las
personas de la Empresa que se quedaban, pudieran seguir trabajando.
Los que nos fuimos,
tuvimos distintas suertes, alguno consiguió jubilarse a los 63 años,
otros, la gran mayoría, no pudieron pasar de 60 y muy pocos
llegaron a 61, 62 ....64.
Cuando una persona,
que ha cotizado a la seguridad social durante 40 años,
es jubilada a los 60...64 años de edad, simplemente
porque empezó a cotizar antes de 1º de enero de 1967, lo primero que
hace es calcular su base de cotización.
Para ello utiliza el
programa Autocálculo
de la pensión de jubilación, clicando aquí
Primera sorpresa,
te tiene en cuenta lo que has cotizado cada mes durante los últimos 15 años,
aplicando un coeficiente de actualización,
para equipararlo a un valor actual.
Te sale un nº que
son los € actualizados, equivalente a lo que tú has cotizado
mensualmente durante los últimos 15 años. Es decir, corresponde a 15 años
cotizados:
12 meses cotizados
por año durante 15 años = 180 meses cotizados
Pues bien, esto
hay que dividirlo por 14 pagas al año y por 15 años. = 210 pagas
O sea que los € al mes que te salen hay
que multiplicarlos por 12 y dividir por 14 o bien multiplicar por 180 y
dividir por 210.
Dicho de otra forma, tú has cotizado doce
veces al año, pero esa cifra que cotizaste al año, la vas a cobrar, no
en doce veces, sino en
catorce pagas.
Hasta aquí
correcto.
Pero aún hay más, hay un tope mínimo y uno máximo, por lo que
tu cifra final deberá resultar entre ambas, es decir, ni menos de...,
ni más de... (estas cifras cambian, políticamente, cada año).
Pero resulta que esto es cierto si tienes
65 años cumplidos, y 40 cotizados, en caso contrario por cada año
que te falte para 65 , y a partir de 60, pues antes no pueden
jubilarte, pierdes un 6% por año, es decir:
Con 60 años pierdes 6 x 5 = 30% de la paga
que te correspondería si tuvieras 65
Con 61 pierdes 6 x 4 = 24 %
Con 62 pierdes 6 x 3 = 18 %
Con 63 pierdes 6 x 2 = 12 %
Con 64 pierdes 6 x 1 =
6 %
Pero en el caso de
que no hayas cotizado los 40 años, en lugar de lo anterior, la reducción de
la pensión, por cada año o fracción de año que, en el momento del hecho causante,
te falte para cumplir los 65 años, será la
siguiente:
Entre 30 y 34 años completos de cotización acreditados pierdes:
7,5 % por año
Entre 35 y 37 completos de cotización acreditados pierdes:
7,0 % por año
Entre 38 y 39 completos de cotización acreditados pierdes:
6,5 % por año
Con 40 o más años completos de cotización acreditados pierdes
: 6,0 % por año
Lo grave de todo esto es:
QUE ES PARA TODA LA VIDA.
Por este motivo se
crearon, junto con esta Asociación, muchas otras, también a nivel de
Federaciones Autonómicas, de Catalunya y
País Vasco (que están integradas en una Confederación Nacional
CEPYP) y Andalucía, Valencia, etc. (en una Federación Nacional FENAP)
Confederaciones o Federaciones a nivel NACIONAL.
Entre
todos, queremos conseguir:
Que
todos los JUBILADOS antes de los 65 años,
cobremos
a
partir del 65 cumpleaños,
lo
que nos correspondería si nos hubiéramos jubilado
al cumplir los 65 años de edad.
Y en eso seguimos -
Emili - 31
de Diciembre de 2009