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Principal |
Associació |
FECAT |
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IMPORTANTISIMO
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Comienza
el Programa de Vacaciones del Imserso
IMSERSO 2011-2012 |
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La
venta de los viajes del Programa de Vacaciones para Mayores del
Imserso 2011-2012 comenzará próximamente.
En
los próximos días, el Imserso establecerá el calendario de ventas
por comunidad autónoma, y procederá al envío de las cartas de
acreditación a las personas que hayan solicitado participar en este
programa de viajes, o que hayan participado en temporadas anteriores.
En dicha carta, se les informará del tipo de acreditación (plaza
asegurada o para cubrir vacantes), de la fecha de reserva y de su
clave de acreditación, necesaria para hacer la reserva, ya sea en
agencias de viajes o a través de Internet.
Entre las novedades que ofrece el programa para esta temporada,
2011-2012, que comienza algo más tarde de lo habitual, está el
establecimiento de una “temporada baja” con viajes a precios
reducidos, entre el 1 y el 17 de diciembre de 2011; y entre el 1 y el
31 de enero de 2012.
También aumentará el cupo de los viajes culturales, cuyas
plazas serán 4.500 más que en la temporada pasada y desaparecerán
las estancias de larga duración de 29 días, debido a su escaso éxito
en temporadas anteriores. |
Fuente: Imserso 19.9.2011 |
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FECAT
El
bufete de abogados Gay, nos ha comentado en qué situación nos encontramos
referente a las demandas para conseguir el 100% a partir de los 65 años de
edad.
En la
última reunión de amigos se dió cumplido traslado de dicha información.
Emili
19.9.2011 |
(clica)
IMSERSO
2011 - 2012
tel 901 109 899
vacaciones@imserso.es
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Desde
nuestra web, nos unimos al dolor
de
las
familias de los fallecidos
por
motivo del terremoto de Lorca.
Deseamos
una pronta mejoría a los heridos
y
que las ayudas para la recuperación
de
hogares y lugares de
lleguen
lo más rápidamente posible.
Emili
12.5.2011 |
| RECORTES
DE PERIODICOS



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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
JEFATURA DEL ESTADO
Real Decreto-ley
8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para
la reducción del déficit público.
Código de Verificación Electrónica
cve: BOE-A-2010-8228
Núm. 126 Lunes 24 de
mayo de 2010
Sec. I. Pág. 45116
CAPÍTULO II
Medidas en materia de pensiones
Artículo 4. Suspensión
de la revalorización de pensiones.
Uno. Se suspende para el ejercicio de 2011 la
aplicación de lo previsto en el apartado 1.1 del artículo 48 de la ley
General de la Seguridad Social, excepto para las pensiones mínimas del
Sistema de la Seguridad Social, las pensiones del extinguido SOVI no
concurrentes y las pensiones no contributivas. Igualmente para el
ejercicio de 2011 se suspende la aplicación de lo dispuesto en el
apartado 1.2 del artículo 48 de la Ley General de la Seguridad Social,
excepto para las pensiones mínimas del Sistema de la Seguridad Social,
las pensiones del extinguido SOVI no concurrentes y las pensiones no
contributivas.
Dos. Se suspende para 2011 la aplicación de lo
previsto en el apartado 1 del artículo 27
del Texto Refundido de la Ley de Clases pasivas del Estado aprobado por
Real Decreto legislativo 670/1987, de 30 de abril, manteniéndose en
relación con las pensiones mínimas de clases pasivas las previsiones
contenidas en el apartado 2 del citado artículo 27.
CAPÍTULO III
Medidas en materia de
dependencia
Artículo 5. Modificación
de la disposición final primera de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de
Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en
situación de Dependencia.
Con efectos de 1 de junio de 2010 se modifica la
Disposición final primera de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de
Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en
situación de Dependencia, del siguiente modo:
Uno. Se modifica el apartado 2, que queda redactado
como sigue:
«2. En el marco de lo establecido en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
el plazo máximo, entre la fecha de entrada de la solicitud y la de
resolución de reconocimiento de la prestación de dependencia será
de seis meses, independientemente de que la Administración Competente
haya establecido un procedimiento diferenciado para el reconocimiento
de la situación de dependencia y el de prestaciones.»
Dos. Se modifica el apartado 3, que queda redactado
como sigue:
«3. El reconocimiento del derecho contenido en las
resoluciones de las administraciones públicas competentes generará
el derecho de acceso a las prestaciones correspondientes, previstas en
los artículos 17 a 25 de esta Ley, a partir de la fecha de la
resolución en la que se reconozca la concreta prestación o
prestaciones que corresponden a la persona beneficiaria.
Si una vez transcurrido el plazo máximo de seis
meses desde la solicitud, no se hubiera notificado resolución expresa
de reconocimiento de prestación, el derecho de acceso a la
prestación económica que, en su caso, fuera reconocida, se generará
desde el día siguiente al del cumplimiento del plazo máximo
indicado.»
Tres. El actual apartado 3, queda numerado como
apartado 4. El actual apartado 4, queda numerado como apartado 5.
.................................................................................................................................
Sec. I. Pág. 45127
Disposición derogatoria única. Derogación
normativa.
Uno. Quedan derogadas expresamente las siguientes
disposiciones:
a) Las disposiciones transitorias cuarta y
decimoséptima del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en
las redacciones dadas, respectivamente, por los artículos 3.Seis y 4.2 de
la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad
Social.
b) Con efectos desde 1 de enero de 2011, los artículos
1 a 5 y las disposiciones adicionales primera y segunda de la Ley 35/2007,
de 15 de noviembre, por la que se establece la deducción por nacimiento o
adopción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y la
prestación económica de pago único de la Seguridad Social por
nacimiento o adopción.
Dos. Se derogan cualesquiera otras normas de igual o
inferior rango en lo que se opongan a lo dispuesto en el presente Real
Decreto-ley.
Disposición final sexta. Entrada en vigor.
Este Real Decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Barcelona, el 20 de mayo de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO
Para verlo completo en pdf clica: RD-ley 8-2010 medidas extraordinarias reduccion
deficit-BOE 240510.pdf
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martes dia 11 , a las 11.00 horas, interviene en la comisión
PACTOS DE TOLEDO; Iñaki - presidente CEPYP
Se puede ver interveneción en : www.congreso.es -
tv
saludos. Comes 10.05.2010
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Proposición de Ley relativa a la actualización de las jubilaciones anticipadas
forzosas al cumplir los 65 años.
Presentado el 08/04/2010, calificado el
13/04/2010
BOCG. Congreso de los
Diputados Núm. B-237-1 de 16/04/2010 Pág.:1
Iniciativa (leer la propuesta en PDF)
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Yo
sigo sin entender de leyes,
y por ello me
sigo preguntando, sin comprenderlo,
¿Porqué
habiendo cotizado 42 años, me "penalizan" con el 12% al
jubilarme a los 63 años, en cambio los que han cotizado
"solamente" 35 años, cobran lo que corresponde si se jubilan a los 65
años?
Ya se ha presentado un proyecto de ley
para eliminar el coeficiente
reductor a los 65 años.
¿Porqué
el Gobierno está disconforme con su tramitación?
Emili
26.3.2010 |
| Disconformidad
del
gobierno con la tramitación de la Proposición de Ley para eliminar el coeficiente
reductor a los 65 años, a los prejubilados forzosos.
clica aquí para ver el texto completo en pdf
BOCG. Congreso de los Diputados Núm. B-220-2 de 26/03/2010 Pág.:1
Disconformidad del Gobierno con su tramitación (PDF)(PDF) |
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Clica aquí para ver:
http://www.congreso.es/portal
ver Emision; video congreso diferido
Comisión no perm. seguimiento y evaluación
acuerdos Pacto de Toledo;
fecha 16 de Marzo de 2010
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ATENCION
FEDERACION CATALANA DE PREJUBILADOS, JUBILADOS Y
VIUDAS.
Información
para los Socios de la Asociación de Prej. Y Jubilados SIEMENS
El
pasado día 16.03, la Federación Catalana (FECAT), compareció en la comisiòn
de los PACTOS DE TOLEDO.
La
FECAT representa a más de 4000 Pensionistas Jubilados Forzosos, penalizados
de por vida, por haber sido despedidos del mundo del trabajo en plena
Juventud, 52, 53, 54 ó 55 años; antes de cumplir los 65 años reglamentarios
para la jubilación , con 35 años cotizados, algunos de los Pensionistas con
más de 40 años cotizados a la Seguridad Social.
En
la comisión de los PACTOS DE TOLEDO, se pueden expresar nuestras “REINVIDICACIONES”,
sobradamente sabidas de nuestra PENSION penalizada de por vida.
El
Presidente de la Federación Catalana “FECAT”, D. Francisco Calabia,
representado la opinión de las Asociaciones que forman la FECAT: ASOCIACIÓ
DE PREJUBILATS I JUBILATS y PENSIONISTAS DE CATALUNYA, JUBILATS FORÇOSOS,
MERCEDES, MACOSA, SEAT, VALEO, TMB. y SIEMENS , El Presidente de la FECAT,
expuso en dicha comparecencia a las 11,- horas y durante mas de 40 minutos:
El
“Perfil medio de nuestra maltrecha Jubilación”
Y
del “El colectivo de Jubilados forzosos, que aspiraba a trabajar y percibir
el 100 % de la Pensión al momento de Jubilarse.
Como
se podía cumplir el requisito de Jubilarse a los 65 años” ?
Ante
esta situación la FECAT se propuso una nueva “Filosofía de
funcionamiento”.
Iª
Fase ... Reducción Penalizada de la PENSION.
IIª.
Fase .. Eliminación de la Penalización de las PENSIONES.
Tanto
en la Iª, como en la IIª Fase, se expusieron nuestras propuestas al
Ministerio de Trabajo, concretamente al Secretario de Estado del Ministerio de
Trabajo “ D. Octavio Granado”.
Las
negociaciones durante estos últimos años han sido muy duras.
Lo
máximo que conseguimos fué la Equipación al 6%,
para todos aquellos Pensionistas,
con
la Pensión “penalizada” con el 8% o el 7%.
En
el dia de hoy seguimos insistiendo en la Eliminación de la Penalización de
las Pensiones.
Como,aplicando
: Las “BASES REGULADORAS”, <Viendo las “PENSIONES PENALIZADAS” y
los “AÑOS COTIZADOS”.
Se
expuso el Sistema de reparto , se habló de la Crisis actual, y
del Superavit de la Seguridad Social;
ante todas estas exposiciones el colectivo de PREJUBILADOS Y JUBILADOS,
solicitó el estar representados en los “PACTOS DE TOLEDO”,
a partir ahora ya que somos un colectivo de 1.200.000 Jubilados y de estos
400.000 Jubilados han sido Jubilados FORZOSOS, y Penalizados de por vida.
Por
este motivo y los motivos anteriormente expuestos se le solicitó por escrito
al Presidente de la Comisión de los PACTOS DE TOLEDO – D. JESUS
MORANO, nuestra petición de poder estar en las próximas reuniones de los
Pactos de Toledo, para que se nos escuche.
La
comparecia el 16.03.2010, fue felicitada por su exposición por el Presidente
D. Jesús Morano, así como los representantes de diferentes partidos
politicos, por el Patido Popular. D. Tomás Burgos y Antonio Gallego, por C. I
U. - D. Carlos Campuzano y por el P. Socialista – Sta. Meritxell Cabezón.
Por
parte de los representantes de los diferentes Partidos Politicos mencionados
una vez finalizada la intervención del Sr. F. Calabia, expresaron su opinión
a dicha intervención siendo el más activo el representante del P.P. Sr.
Antonio Gallego, con 15 preguntas, a continuación intervino por C. I U. el
Sr. Carlos Campuzano finalizando la Sta. Meritxell Cabezón por el P.S.O.E. .
A
cada una de estas intervenciones les contestó el Presidente de la FECAT,
dandose por finalizada la intervención en la Comisión de los Pactos de
Toledo por parte de la Federación Catalana a las 13,- horas del 16 de marzo
de 2010.
Nota.-
Si quieres ver el video de la comparecencia de
nuestro
Presidente de FECAT, en los Pactos
de Toledo , el 16.3.2010.
Saludos.
J.Comes – Secretario
www.eamreinc.com
22 .03.201022.03.2010
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IMPORTANTE
Fragmento de PROPOSICIÓN DE LEY (Presentada por
IU)
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IMPORTANTE
Iniciativa para que
los prejubilados forzosos cobren su jubilación completa y sin penalizaciones
Para
ver en pdf el texto completo clica aquí
Fragmento de PROPOSICIÓN DE LEY (Presentada por IU)
Artículo único. Modificación del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20
de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la
Seguridad Social.
Uno. Se añade un nuevo párrafo al final del apartado 2 del artículo 161
bis con la siguiente redacción:
“Cuando el trabajador que ha accedido a la jubilación anticipada
derivada del cese en el trabajo como consecuencia de la extinción del
contrato de trabajo, en virtud de causa no imputable a la libre voluntad del
trabajador, cumpla los sesenta y cinco años, la pensión dejará de ser
objeto de reducción por la aplicación de los anteriores coeficientes,
siempre y cuando se acredite un período mínimo de cotización efectiva de
treinta y cinco años.”
27/01/2010
Izquierda
Unida registra una iniciativa para que los prejubilados forzosos cobren su
jubilación completa y sin penalizaciones >>> clica aquí para leer el escrito completo
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Asamblea
anual de Socios

El pasado 14 de
diciembre de 2009, se celebró en el Auditori de Cornellá, la asamblea anual
de nuestra Asociación, a la que asistieron alrededor de 200 de los 337 socios
actuales, A PESAR DEL MAL TIEMPO.
Los
principales temas profusamente tratados por la Junta de Gobierno, fueron la
Situación actual de:
 | Reclamación
100% |
 | "Mejora
de las pensiones" PACTOS DE TOLEDO |
 | Premio "Ciutat
de Cornellá", concedido a nuestra Asociación |
Emili
15.12.2009 |
Presentació
del projecte documental
“La
fàbrica de records”
A
principi del s. XX un canvi de conjuntura econòmica i social empeny
al
món rural cap el somni de la prosperitat vestit de fàbrica i de fum.
Centenars
d’humils famílies substitueixen les falçs pels motors.
La
Siemens
de Cornellà acull
una petita part d’aquest univers d’aspiracions
exitoses
i frustrades, d’expectatives inflades i de vides truncades per un
nou
rumb col·locat en cadena. “La fàbrica de records”
mostra
la vida d’antics treballadors de la Siemens,
un punt de sortida
que
ens servirà per emprendre un camí que vol mostrar un canvi d’actitud
davant
la vida i una vida que canvia davant de noves actituds.
DIVENDRES
18 de Desembre 18:00h
Citilab
Cornellà
Pl.
Can Suris s/n |
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Fotos
de la Asamblea







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Edición
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4ª
Epoca
Enero
a Diciembre 2011
25.800
páginas
visitadas
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22.10.2010
Página
visitada
nº
100.000
de la 3ª Época
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Día récord con
2.632
páginas visitadas en un solo día el 28.1.2010 |
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en-Agosto 2009
se recibió la visita 100.000 |
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2ª Época
Enero a Diciembre
2009
80.000
páginas
visitadas |
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1ª Época
Junio 2007 hasta diciembre 2008
15.000+30.000 |
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Avisos prácticos |
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"No subas ni eleves viajeros en las carretillas elevadoras "
Emili Amrein |
|
" Recurrimos a la televisión para apagar
el cerebro, y a la computadora para encenderlo "
Steve Jobs |
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